CURSO

Certificado de instalador de gas

Formación Tierra de Barros es un centro homologado en el que podrás capacitarte para la obtención del Carnet de Instalador Certificado de Gas.

Solicita información

Próxima convocatoria

03/10/23

Duración

200h

Modalidad

Semipresencial

Lugar de impartición

Almendralejo

Descripción del curso

Los instaladores de gas, con las limitaciones que se establecen en función de su categoría, se consideran habilitados para realizar las siguientes operaciones:


En aparatos de gas

instalaciones de gas

Montaje, modificación, revisión, mantenimiento y reparación de:

  • Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos (excepto tuberías de polietileno)
  • Instalaciones de almacenamiento de GLP en depósitos fijos.
  • Instalaciones de envases de GLP para uso propio.
  • Instalación de gas en estaciones de servicio para vehículos a gas.
  • Instalaciones de GLP de uso doméstico en caravanas y autocaravanas.

Verificación, realizando los ensayos y pruebas reglamentarias, de las instalaciones ejecutadas, suscribiendo los certificados establecidos en la normativa vigente.

Puesta en servicio de las instalaciones receptoras que no precisen contrato de suministro domiciliario.

Inspección de instalaciones receptoras alimentadas desde redes de distribución, de acuerdo con las condiciones establecidas en el epígrafe 4.1.1.b) de la ITC-ICG 07.

Revisiones de aquellas instalaciones en donde lo establezcan las correspondientes ITCs.

En instalaciones de gas

instalaciones de gas

Conexión a la instalación de gas y montaje de los aparatos correspondientes de acuerdo con la normativa vigente.

Puesta en marcha de aparatos de gas, mantenimiento y reparación, de acuerdo con el apartado 5.3 de la ITC-ICG 08. Sin embargo, esto excluye a aquellos aparatos conducidos, es decir, aparatos de tipo B y C, de potencia útil superior a 24,4 kW, como puede ser el caso de vitrocerámicas de gas de fuegos cubiertos o de adecuación de aparatos por cambio de familia de gas. En este caso, los instaladores de gas deberán disponer adicionalmente de la acreditación especial de puesta en marcha, mantenimiento, reparación y adecuación de aparatos a que se refiere el apartado 4 de la presente ITC.

icono objetivos
Objetivos

Obtención de los conocimientos necesarios establecidos en el ITC-ICG 09 y, con ellos, la consecución de la certificación oficial de Instalador de Gas, expedido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas de Junta de Extremadura.

icono objetivos
Metodología

Modalidad de impartición mixta, que combina sesiones teóricas y prácticas de mano de los mejores profesionales de Extremadura. Esto es posible al ser centro homologado y por estar acreditada por una entidad certificadora de personas.

icono objetivos
Requisitos

Para poder obtener el carnet de Instalador Certificado de Gas, se debe acreditar: ser mayor de edad; haber recibido y superado un curso teórico y práctico; y haber superado el examen teórico-práctico realizado a través de una empresa certificadora.

Temario del curso Instalador certificado de Gas

  • El Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, y sus ITCs: ITC-ICG 01, 03, 05, 06, 07, 08, 09, 10.

  • Norma UNE 60670 sobre «Instalaciones receptoras de gas con MOP<5 bar».

  • Norma UNE 1949 sobre «Instalaciones de G.L.P. en vehículos habitables de recreo».

  • Norma UNE 60601 sobre «Salas de máquinas que utilizan combustibles gaseosos».

  • Norma UNE 60311 sobre «Canalizaciones distribución de gas con MOP<5 bar».

  • Norma UNE 60310 sobre «Canalizaciones distribución de gas con 5 >MOP<16 bar».

  • Norma UNE 60250 sobre «Instalaciones de suministro de G.L.P. en depósitos fijos».

  • Norma UNE 60404 sobre «Conjuntos de regulación de presión con MOP <5 bar».

  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, modificado por la ley 25/2009 de 22 de diciembre.

  • R.D. 2200/1995, Reglamento de la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial, modificado por el R.D. 338/2010, de 19 de marzo sobre el Registro Industrial Integrado.

  • R.D. 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.

  • Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Título I, Título III, Capítulo III y Título IV, Capítulo I, Capítulo II, Capítulo IV, Capítulo V, Capítulo VI, la Disposición Adicional 6.ª y las Disposiciones Transitorias 5.ª, 7.ª, 8.ª y 15.

  • Reglamento general del servicio público de gases combustibles, Capítulos III y IV.

  • Reglamento de la actividad de distribución de G.L.P.

  • El Mercado interior europeo. «Nuevo Enfoque» en la reglamentación europea: Resolución de 7 de mayo de 1985; Decisión del Consejo 93/465/CEE sobre el «Enfoque Global» (Marcado CE y Procedimientos de Certificación de la Conformidad). R. D.1428/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 90/396/CEE, sobre aparatos de gas, únicamente los artículos 1, 2, 3, y 9 y los Anexos I y III.

  • El Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos, y sus ITCs: ITC-ICG 06, 07, 08, 09, 10.

  • Norma UNE 60670 sobre «Instalaciones receptoras de gas con MOP<5 bar».

  • Norma UNE 1949 sobre «Instalaciones de G.L.P. en vehículos habitables de recreo».

  • Norma UNE 60601 sobre «Salas de máquinas que utilizan combustibles gaseosos».

  • Norma UNE 60404 sobre «Conjuntos de regulación de presión con MOP <5 bar».

  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, modificado por la ley 25/2009 de 22 de diciembre.

  • R.D. 2200/1995, Reglamento de la infraestructura de la calidad y la seguridad industrial, modificado por el R.D. 338/2010, de 19 de marzo sobre el Registro Industrial Integrado.

  • R.D. 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.

  • Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Título I, Título III, Capítulo III y Título IV, Capítulo I, Capítulo II, Capítulo V, Capítulo VI. Modificada por Ley 8/2015 de 21 de mayo.

  • Reglamento general del servicio público de gases combustibles, Capítulos III y IV.

  • Reglamento de la actividad de distribución de G.L.P.

  • El Mercado interior europeo. «Nuevo Enfoque» en la reglamentación europea: Resolución de 7 de mayo de 1985; Decisión del Consejo 93/465/CEE sobre el «Enfoque Global» (Marcado CE y Procedimientos de Certificación de la Conformidad)

  • R. D.1428/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 90/396/CEE, sobre aparatos de gas, únicamente los artículos 1, 2, 3, y 9 y los Anexos I y III.

Galería de imágenes del curso

Conoce las instalaciones dónde realizarás tu curso de instalador de gas

Contacto

icono ubicacion

C Electricidad 7 - Polígono Las Picadas I 06200 - Almendralejo (Badajoz)

icono ubicacion

Teléfono: 924 66 38 39

Solicita información