31.enero.2024 | Publicado por
El actual Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) se aprobó el 20 de julio de 2007 por el Real Decreto 1027/2007. De esta forma quedan establecidas las condiciones que deben cumplir las instalaciones destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene a través de equipos y sistemas de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, para conseguir un uso racional de la energía.
El RITE establece diversas exigencias en eficiencia energética, como por ejemplo:
Y, hasta el día de hoy, el RITE ha sufrido dos modificaciones principales. La primera de ellas en 2013, cuando el Real Decreto 238/2013 modificó determinados artículos e instrucciones técnicas del RITE, transponiendo así la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.
La segunda modificación se realizó tras la publicación del Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el RITE, transponiendo así la Directiva (UE) 2018/844 que modifica a su vez la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética.
Ya vimos la modificación de la norma y los nuevos artículos que incluye el Reglamento 1027/2007 de Instalaciones Térmicas en Edificios en un artículo anterior.
Sin embargo, la reglamentación establecida en los diferentes Reales Decretos es de carácter básica, por lo que las Comunidades Autónomas podrán introducir requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trate de instalaciones radicadas en su territorio.
El RITE aplica a toda instalación térmica en edificios destinada a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. Este reglamento aplica a las instalaciones térmicas en los edificios de nueva construcción y las instalaciones térmicas que se reformen en los edificios existentes, así como en lo relativo al mantenimiento, uso e inspección de de todas las instalaciones térmicas, con las limitaciones que en el mismo se establecen.
Una de las principales cuestiones que regula el RITE es la de los requisitos para ejercer la actividad. Para ello, los trabajadores deben estar en posesión del correspondiente carnet profesional de instalaciones térmicas en edificios tras superar un examen específico.
Para poder realizar el examen destinado a obtener el carnet profesional de instalaciones térmicas en edificios, las personas deben acreditar las siguientes condiciones:
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